El coste de la energía eléctrica se dispara otra vez durante el 2025: cómo evitar que afecte a tu economía.

En el articulo «La energía solar: la solución a los cambios en la factura eléctrica» explicábamos los componentes de la factura eléctrica de ámbito residencial y los ajustes realizados por el gobierno para mitigar el encarecimiento de la energía eléctrica provocados por la guerra entre Rusia y Ucrania.

Según fuentes oficiales, a partir de enero de 2025, la factura eléctrica residencial se encarecerá de media un 13% a los clientes del mercado libre y en torno al 8,6% los usuarios del mercado regulado (PVPC) debido a actualizaciones en los impuestos directos asociados a la generación eléctrica (por ejemplo, en los peajes actualmente en debate en el parlamento español la prórroga del 7% que aplica a propietarios de instalaciones generadores y compañías energéticas generadoras ) y otros cambios regulatorios.

Para poner en contexto qué cambios regulatorios se acometerán y qué impuestos se modifican para el curso 2025 se definen previamente los siguientes conceptos:

Peajes de transporte y distribución y cargos en el término fijo por la potencia

  • Asegurar la disponibilidad de la potencia contratada en un suministro.
  • Inversiones en mantenimiento de la red de suministro.

Peajes de transporte y distribución y cargos en el término fijo por la energía

  • Empresas que operan y mantienen las redes de transporte y distribución para la transmisión de energía eléctrica.

 Cargos al sistema

  • Coste asociado a la generación eléctrica independientemente de la tecnología de generación.
  • Coste asociado al régimen retributivo especifico a la generación mediante fuentes renovables.
  • Coste asociado a las instalaciones de cogeneración de alta eficiencia y residuos.
  • Coste por actividad de la producción energética en los territorios no peninsulares.
  • Retribución asociada a la aplicación de mecanismos de capacidad.
  • Anualidades correspondientes al déficit del sistema eléctrico con sus correspondientes intereses y ajustes.
  • Coste/contribución para la financiación del bono social.

 Impuesto IVA

  • Impuesto sobre el valor añadido.

Impuesto especial sobre la electricidad (IEE)

  • Se aplica sobre el importe total del término de potencia y energía. Su origen parte de la compensación a la minería de carbón nacional.

¿Qué cambiará en la factura?

Según la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) se aplicarán una rebaja en términos globales para todos los consumidores en el peaje de acceso a redes entre 13,6% y 4,4%. Esta rebaja afectará sobre todo a las tarifas industriales en AT por lo que el consumidor residencial y comercial (es decir tarifas 2.0 TD y 3.0TD) apenas notarán esa disminución. Pero aquí viene una de las mayores subidas, los cargos al sistema ascenderán en torno al 33%. Una vez segregados las partidas asociadas a los cargos al sistema, la partida que más se incrementa es la financiación del bono social eléctrico, aproximadamente el 15%.

La otra partida que supondrá un encarecimiento de la factura eléctrica será el IVA que pasará del 10% al 21% (el mismo antes de la guerra de Ucrania-Rusia). El IEE se mantendrá en el 5,113% desde el último cuatrimestre del 2024.

¿A que no te imaginabas tantos “impuestos/partidas/cargos” a algo tan simple y elemental como la energía eléctrica?

 

  2024 2025
PEAJES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN Y CARGOS EN EL TÉRMINO FIJO ENTRE -13,6% y -4,4% en función de la tarifa
CARGOS AL SISTEMA 33%
IVA 10% 21%
IEE 5,113%

¿Qué puede hacer un usuario residencial o en la pequeña y mediana empresa para paliar/amortiguar este encarecimiento?

La principal estrategia para evitar variaciones bruscas o posibles imprevistos en nuestra factura eléctrica es suplir parte de los consumos con otras fuentes de energía, a poder ser de origen renovable. Hay que pensar que llevar a cabo una instalación fotovoltaica es más una inversión que un bien de consumo. Una vez elijamos la tecnología que más nos convenga, ya sea por su origen, la facilidad de obtención del recurso o por la cantidad de energía que se puede obtener, habrá que tener en cuenta si es posible auto consumir la energía generada, almacenarla o acogerse a un mecanismo de compensación.

En el caso de una instalación solar fotovoltaica, la energía generada será proporcional a la superficie que queramos ocupar con módulos fotovoltaicos y a la orientación e inclinación de nuestros paneles. El mejor escenario siempre será priorizar el autoconsumo, pero esto no siempre es posible, ya que por lo general la curva de consumo no sigue a la curva de generación. En caso de que la opción del autoconsumo no sea viable siempre es posible dotar a la instalación de medios de acumulación de energía, como por ejemplo en baterías de litio, aunque también tenemos otras opciones disponibles, como puede ser de forma térmica en depósitos de inercia, etc.

Autoconsumo colectivo

En los casos en los que no se disponga de una superficie para colocar los módulos solares fotovoltaicos, siempre se disponen de más alternativas, como podrían ser los autoconsumo colectivos descritos en el RD 244/2019, la creación de Comunidades Energéticas Renovables (CER) de origen local u otras figuras jurídicas basadas en la participación abierta y cuya finalidad sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o a las zonas locales donde operan.

Desde LM8 Solar proveemos de material fotovoltaico desde el 2016 a las empresas instaladoras de referencia dentro de la península ibérica y teniendo cada vez una mayor proyección internacional en países en los que la energía solar fotovoltaica ya se encuentra consolidada como la opción más económica y sostenible frente al uso de energías convencionales. Desde soluciones de pequeña potencia, pensadas para el sector residencial, así como equipos de gran acumulación (BESS) más orientados al uso en el sector industrial, con instalaciones modulares en cabina, cuyas capacidades oscilan entre los 100 kWh y los 5MWh. Consúltanos para más información.