Desde el pasado 1 de junio de 2021, y en transposición de la normativa comunitaria europea a la legislación y regulación españolas, se han adaptado las tarifas eléctricas para suministros eléctricos en baja tensión (BT) de potencia contratada no superior a 15kW unificando para todos estos usuarios los periodos de facturación. Esta modificación afecta directamente a los usuarios acogidos a una tarifa PVPC (Precio Voluntario Pequeño Consumidor) con una potencia contratada no superior a 10kW dado que el precio de la energía eléctrica está indexado al mercado mayorista de la electricidad OMIE. Las empresas comercializadoras de referencia en territorio nacional (8 comercializadoras según la CNMC) son las únicas con potestad de ofrecer esta tarifa ya que están reguladas por real decreto y orden ministerial. En total 11 millones de consumidores de un total de 29 millones de consumidores domésticos están expuestos a los vaivenes regulatorios y singularidades del “mercado libre”. No obstante, la tarifa PVPC a largo plazo SIEMPRE es la mas económica para el usuario doméstico.

Evolución de un coste desenfrenado.

Si bien es cierto que en las ultimas semanas la escalada de precios marcaba un día sí y otro también valores medios en máximos históricos diarios (máximo histórico 22,8 cent Eur el 06/10/21) el actual gobierno pretende mitigar este impacto en la factura eléctrica a través de la reducción de la carga impositiva tanto para consumidores como para la producción eléctrica por parte de la empresas de generación eléctrica

Origen del Problema.

Esta escalada del precio de la luz en españa disparatada que también disparada es, entre otros factores, al encarecimiento del gas en los mercados internacionales, que se emplea en las centrales de ciclo combinado y que marcan el precio del mercado en la mayoría de las horas, y el aumento del precio de los derechos de emisión de dióxido de carbono (CO2). Se deduce claramente la ineficiencia del actual modelo de compra-venta de energía ya que el precio de la energía se fija por la última oferta de generación casada que satisface la cantidad de energía demandada. Esto nos hace reflexionar si todo el ruido generado por las partes “interesadas” se ajusta a la realidad, aludiendo a una merma de ingresos.

El ruido generado por las partes interesadas se hizo más intenso una vez aprobado el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad. Las empresas de generación con tecnologías libre de emisión de CO2 (eólicas, solares, nucleares, hidroeléctricas) reciben unos ingresos “extra” debido al funcionamiento del POOL eléctrico (precio de casación fijado por la última tecnología en satisfacer la demanda, normalmente ciclos combinados) ya que sus costes de O&M fijados en sus planes de mantenimiento y económicos no habían contemplado la escalada de precios de los mercados de gas y emisión CO2. En particular las tecnologías de generación hidráulica (sus costes de amortización de construcción y operación están ampliamente cubiertos) una vez entrado el mencionado RD redujeron ampliamente el aporte de generación como se puede observar en la siguiente ilustración.

Otro factor que repercute en el coste de electricidad actual es la NO aceptación social de las centrales nucleares. Estas centrales se consideran de base y funcionan prácticamente todo el año, de forma constante. La potencia instalada de estas centrales es de en torno unos 7400 MW la cual se vio reducida por diversos motivos con el cierre en los últimos años de 1400MW nucleares. El problema de base con esta tecnología es que nunca hubo un dialogo social desde el conocimiento, tecnología, seguridad, contexto político y económico. Nuestros vecinos más allá de los Pirineos poseen 56 centrales esparcidas por todo el territorio francés…

¿Qué es más caro la energía que radia el sol (energía fotovoltaica y solar térmica), las corrientes de aire generadas por este mismo sol (energía eólica) o extraer gas natural o productos del petróleo a 3.000 m, procesarlo, transportarlo, almacenarlo, distribuirlo y transformándolo en energía útil?

Haciendo uso de un slogan comercial… Yo no soy tonto.

En este contexto y visto que los actuales estados tienen una capacidad de actuación limitada debido a presiones externas y situación geopolítica Las medidas adoptadas por el estado español que afectan al consumidor son la reducción del impuesto especial de la electricidad del 5,11269632% (¿Por qué tantos decimales si la unidad monetaria mas baja es el céntimo?) al 0,5%, la reducción del IVA del 21% al 10% y según Real Decreto-ley 17/2021  el ajuste en los peajes de acceso y cargos al sistema (esto obviamente no les ha gustado a las empresas eléctricas de generación ya que son costes regulados por el gobierno pero siempre son ingresos asegurados para estas empresas).

Respecto a la reducción de carga impositiva a las empresas, las cuales no alegan nada en contra, se ha eliminado el impuesto a la generación eléctrica del 7%.

Cabe destacar que estas medidas tienen carácter extraordinario y temporal, hasta 31/12/21.

En este contexto ¿Qué puedo hacer para mitigar el precio de la luz y ahorrar en la factura eléctrica?

El contexto actual y futuro pasa por el que el consumidor juegue un papel clave en la transición ecológica, modificando hábitos de consumo, buscando la eficiencia energética, electrifique su movilidad, integre energías renovables que satisfagan su demanda energética.

Los beneficios inmediatos de instalar módulos fotovoltaicos en un suministro eléctrico residencial son un ahorro neto en el término de energía de la factura eléctrica por reducir la demanda de electricidad de la red. A su vez si el suministro es inferior a 15kW y de acuerdo a la normativa vigente, el cliente puede a través de la empresa instaladora acogerse al procedimiento abreviado para la compensación de excedentes y de ese modo compensar los kWh fotovoltaicos que se vuelquen a la red por no poder asumirlos en un autoconsumo instantáneo con los kWh “comprados” a la empresa comercializadora de electricidad. El periodo de amortización de la instalación será cuanto menor si los consumos se ajustan a la curva de producción solar por lo que idealmente se buscan autoconsumos instantáneos no inferiores al 60%. Adicionalmente, la opción de instalar baterías de acumulación dependerá exclusivamente de factores económicos y de seguridad/fiabilidad del suministro eléctrico existente ya que la tecnología (inversores híbridos de conexión a red) ha alcanzado un grado de madurez tal que hace muy interesante plantearse esta opción.

En LM8 tenemos la solución.

Desde LM8 Solar promovemos las buenas praxis hacia nuestros clientes como son un estudio energético individualizado y valoración técnica ajustada a inversión y retorno de la misma. Actualmente, los periodos de retorno para esta tipología de instalaciones dependen de la intensidad energética del consumidor y la energía consumida a lo largo de un año. Podemos afirmar, según nuestra experiencia, que para consumos anuales de 3500 kWh los periodos de amortización están en el horizonte de 7 años el cual puede verse reducido por los condicionantes anteriormente citados.

En suministros eléctricos destinados a pequeña industria y/o sector servicios, los periodos de amortización serán inferiores siempre y cuando se hagan una serie de estudios técnico-económicos con el fin de maximizar la eficiencia de la instalación fotovoltaica proyectada.

Desde LM8 Solar poseemos el capital humano y las herramientas necesarias para ofrecer a los clientes, SOLUCIONES. Perteneciendo a un grupo empresarial desde hace 10 años y siendo distribuidores oficiales desde 2016, ofrecemos a nuestros clientes los equipos necesarios para la ejecución de su instalación fotovoltaica, instalación de punto de recarga de coche eléctrico o un estudio personalizado de su demanda energética.